Salud mental, derecho humano universal

26 octubre, 2023 • Artículos, Asuntos globales, FEG Anáhuac, Portada • Vistas: 1036

San Diego Union-Tribune

logo fal N eneCatherine Prati Rousselet

Octubre 2023

Una colaboración de la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México

George Brock Chisholm (1896-1971), ilustre y controvertido psiquiatra canadiense, dictaminó una terrible sentencia: “El mundo estaba enfermo, y los males que padecía se debían principalmente a la perversión del hombre, a su incapacidad de vivir en paz consigo mismo”. Son, sin duda, palabras de una siniestra resonancia ante la feroz barbarie y la normalización de la violencia que, en todas las latitudes, avasallan los tiempos presentes.

En el marco de una edición más del Día Mundial de la Salud Mental, instituido en 1992 (el 10 de octubre de cada año), por la Federación Mundial de Salud Mental (WFMH), la presente colaboración ofrece, desde la centralidad de la persona, una lectura interdisciplinaria para la construcción de la paz, así como la reconstrucción del tejido familiar y social en sociedades inmersas en conflictos (armados o no) locales y regionales.

La OMS y la salud mental

El capítulo IX de la Carta de San Francisco, dedicado a la cooperación internacional económica y social, constituye el fundamento normativo del Sistema de las Naciones Unidas: un sofisticado conjunto de organizaciones intergubernamentales cuyo centro ocupa la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Los organismos especializados (artículo 57) florecieron al amparo del artículo 55: “Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos”.

Buscando promover “la solución de problemas internacionales de carácter económico, social y sanitario, y de otros problemas conexos”, del 19 de junio al 22 de julio de 1946, se llevó a cabo la Conferencia Sanitaria Internacional que culminó con la firma de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que entró en vigor el 7 de abril de 1948.

Chisholm, quien fuera el primer Director General (1948-1957) de la OMS, fue uno de los dieciséis expertos que participaron en la elaboración del instrumento fundacional de dicha organización, cuyo preámbulo define “salud” (definición que, hasta hoy, sigue vigente) como “un estado de completo bienestar físico, mental y social, no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”.

También, Chisholm sugirió la creación de la WFMH (fundada en el tercer Congreso Mundial de Higiene Mental, celebrado en Londres entre el 16 y el 18 de agosto de 1948), “como un organismo internacional no gubernamental para proporcionar un vínculo con las organizaciones de salud mental y las agencias de las Naciones Unidas”.

La OMS estima que “una de cada ocho personas en el mundo padece algún problema de salud mental, lo que puede repercutir en su salud física, su bienestar, su relación con los demás y sus medios de subsistencia. Además, cada vez más adolescentes y jóvenes presentan problemas de salud mental (depresión, ansiedad)”.

Asimismo, y relacionado con la crisis sanitaria mundial del covid-19, la Organización reconoce que “se ha producido un aumento de 13% en la prevalencia de los trastornos de salud mental y otros trastornos relacionados con el abuso de sustancias; que 20% de los niños y adolescentes sufren algún trastorno de salud mental; que el suicidio es la segunda causa de defunción entre los jóvenes de 15 a 29 años de edad, y que, en situaciones de posconflicto, una de cinco personas sufren alguna enfermedad mental”.

La familia y la salud mental de las sociedades

La OMS puntualiza que no puede haber una definición universal de salud mental, toda vez que deben considerarse los matices culturales de cada sociedad. Sin embargo, la salud mental suele definirse como “un estado de bienestar en el que cada persona desarrolla su potencial, puede afrontar las tensiones de la vida, trabajar de forma productiva y fructífera, así como aportar algo a su comunidad”.

Datos especializados demuestran que la mayoría de los trastornos mentales aparecen en las personas entre los 12 y los 21 años. En este contexto, sin negar la posibilidad de la prexistencia de condiciones patológicas particulares, la familia desempeña, de manera evidente, un papel fundamental en el bienestar emocional, cognitivo y conductual de la niña, el niño y el adolescente.

La OMS estima que “una de cada ocho personas en el mundo padece algún problema de salud mental, lo que puede repercutir en su salud física, su bienestar, su relación con los demás y sus medios de subsistencia».

La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de la ONU (Resolución 44/25) el 20 de noviembre de 1989 define, en el artículo 1, “por niño, todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”.

Retomando los preceptos del artículo 8: “Los Estados parte se comprometen a respetar el derecho del niño, a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares, de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas”. El Reporte Anual 2020 del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) postula que “cada niña, niño y adolescente tiene derecho a estar protegido y vivir en familia”.

Raymundo Macías Avilés, de la Asociación Mexicana de Psiquiatría, explica que se clasifican las necesidades humanas en biológicas de subsistencia y las más específicamente humanas: relación-vinculación, aceptación-pertenencia, identidad-individualidad, referencia-sistema de creencias y valores, y significado-trascendencia. Derivado de lo anterior, la familia debería cumplir con funciones psicosociales, o sea, “proveer satisfacción a las necesidades biológicas de subsistencia, constituir la matriz emocional de las relaciones afectivas interpersonales, facilitar el desarrollo de la identidad individual (ligada a la identidad familiar), proveer los primeros modelos de identificación psicosexual, iniciar el entrenamiento de los roles y organización social, educar, estimulando el aprendizaje y la creatividad y, transmitir valores, ideología y cultura”.

La Unicef trabaja en coordinación con diversos actores de todos los sectores, cuando por situaciones de “violencia, migración o emergencia, las niñas, niños y adolescentes pierden el cuidado familiar”, para que el Estado garantice protección y ofrezca opciones de cuidado alternativo.

La salud mental y el apoyo psicosocial

El Objetivo de Desarrollo Sostenible 3, de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (25 de septiembre de 2015), sobre la salud y el bienestar, busca en trece metas “garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades”. La meta 3.4 pretende “para 2030, reducir en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante la prevención y el tratamiento, y promover la salud mental y el bienestar”.

La Resolución A/77/L.777, “Salud mental y apoyo psicosocial”, aprobada por unanimidad por la Asamblea General, el 26 de junio de 2023, es el resultado de la colaboración entre Argentina, Canadá, Israel, Japón, Marruecos y México. Es un instrumento más de un conjunto de iniciativas relevantes, promovido a nivel multilateral. Otros instrumentos son el Plan de Acción Integral sobre Salud Mental 2013-2030, que busca adoptar un enfoque que abarque toda la vida y garantizar la cubertura universal de la atención a la salud, así como la Iniciativa Especial sobre Salud Mental 2019-2023, que “busca la cobertura sanitaria universal para la salud mental” destinada a consolidar el acceso asequible a la atención de calidad a cien millones de personas en doce países prioritarios. Por su parte, la Organización Panamericana de la Salud, en la Nueva Agenda para la Salud Mental para las Américas (2023), presenta diez recomendaciones y puntos de acción que buscan “ayudar a los países a priorizar y promover la salud mental con enfoques basados en los derechos humanos y la equidad”.

Juan Ramón de la Fuente Ramírez (psiquiatra, Secretario de Salud de 1994 a 1999, rector de la Universidad Nacional Autónoma de México de 1999ª 2007), como Representante Permanente de México ante la ONU (2018-2023), presentó la Resolución antes mencionada manifestando que “reconocer la importancia de la salud mental es admitir la dignidad y el bienestar integral al que tenemos derecho todos sin excepción”.

En veinticinco puntos, con perspectiva de derechos humanos y de género, “insta a los Estados miembros a que aborden los determinantes sociales, económicos y ambientales de la salud, y a que afronten de manera integral la serie de obstáculos derivados del subdesarrollo, la falta de oportunidades económicas, la inversión insuficiente, la pobreza, las desigualdades y la discriminación que dificultan el pleno disfrute de los derechos humanos en contexto de la salud mental, reconociendo que los sistemas y servicios de salud deben adoptar un método holístico que tenga en cuenta todos los aspectos de la vida de cada persona (punto 16)”. También, alienta a los Estados a “ofrecer programas para la primera infancia centrados en el desarrollo cognitivo, sensoriomotor y psicosocial, y promover relaciones saludables entre el niño y su cuidador” (punto 20) y a concebir “programas escolares universales […] integrando los servicios de salud mental y apoyo psicosocial en las escuelas” (punto 21).

Conclusión

Con el lema “La salud mental es un derecho humano universal”, el Día Mundial de la Salud Mental 2023 obliga a una impostergable, profunda y extensa reflexión sobre dichos trastornos, sus causas y consecuencias individuales y colectivas, que afectan a valiosos pero vulnerados sectores de la sociedad, y pueden afectar a mucho más. La prevención y la cobertura universal son imprescindibles, pero para que se logre el carácter universal, es urgente una inmediata y dedicada atención, así como una efectiva movilización interdisciplinar (coordinación entre disciplinas), si es posible, transdisciplinar (articulación de disciplinas).

El documento “Las edades mínimas legales y la realización de los derechos de los y las adolescentes. Una revisión de la situación en América Latina y el Caribe”, publicado por la Unicef en 2016, constituye una meritoria herramienta para entender los desafíos que presenta la situación jurídico social de la familia y un ejercicio relevante para el análisis y la toma de buenas decisiones para la transformación de la persona y de la sociedad.

CATHERINE PRATI ROUSSELET es licenciada y maestra en Derecho Público por la Facultad de Derecho de la Universidad de Amiens, Francia. Es diplomada en Estudios Avanzados en Derecho de la Sociedad Internacional por la Université Paris 1 Panthéon-Sorbonne, y doctoranda en Administración Pública por la Universidad Anáhuac México. Es Coordinadora Académica de Posgrado en la Facultad de Estudios Globales en la Universidad Anáhuac México. Sígala en Twitter en @CathPrati.

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