La seguridad de la Unión Europea

19 agosto, 2020 • Artículos, Europa, FEG Anáhuac, Portada • Vistas: 5272

ECFR

Alicia Gutiérrez González

Agosto 2020

Una colaboración de la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México

Los desafíos de la seguridad en la Unión Europea han ido cambiando con el tiempo, entre otras razones, por algunos de los ataques terroristas perpetrados en Estados Unidos (11-S), en España (11-M) y en Francia (7 de enero de 2015), por la crisis migratoria de 2015 y por la pandemia de covid-19 (enfermedad causada por el virus SARS-CoV2). Resulta pertinente aclarar que la seguridad de Europa se confunde frecuentemente con la seguridad de la Unión Europea, y la realidad es que mientras la primera tiene su fundamento legal en el Tratado de Washington de 1949, en el que se creó una alianza intergubernamental político militar llamada Organización del Tratado del Atlántico del Norte (OTAN), la segunda tiene su base jurídica en el Tratado de Lisboa de 2007 (en vigor desde 2009) dentro de la Política Exterior y de Seguridad Común, que a su vez se encuentra insertada la Política Común de Seguridad y Defensa.

La seguridad de la Unión Europea y de Europa

Como dato histórico, cabe hacer mención que la OTAN surgió con el objeto de crear una alianza que vinculara la defensa de Norteamérica con un conjunto de países de Europa Occidental. Así, los miembros de la OTAN, con base en lo dispuesto por el artículo 51 de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su capítulo VII (acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión), invocan el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de que se registre un ataque armado en contra de algún miembro de las Naciones Unidas. En ese caso, todas las medidas tomadas por los países miembros para mantener la paz y la seguridad internacionales serán comunicadas de inmediato al Consejo de Seguridad.

Cabe recordar que el fin de la Guerra Fría en 1989 dio origen a nuevas formas de cooperación política y militar para hacer frente a los conflictos regionales y así poder preservar la paz y la estabilidad, objetivos medulares de la ONU. Ahora bien, la Unión Europea tiene lazos muy estrechos con la OTAN, por lo que la colaboración conjunta logra la defensa colectiva para preservar la paz y la seguridad del Atlántico Norte. Lo anterior hace que se confunda frecuentemente la seguridad de la Unión Europea con la de Europa.

Tanto en el seno de la OTAN como en el de la Unión Europea se establece el principio de defensa colectiva y de solidaridad entre los miembros. El artículo 5 del Tratado de Washington estipula que un ataque armado contra cualquiera de los miembros será considerado como un ataque contra todos. Así, este artículo conduce a la legítima defensa individual y colectiva de los miembros al ser reconocido por el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas y se tiene previsto, si es necesario, el uso de la fuerza para establecer y mantener la seguridad en el Atlántico Norte. Al invocar este artículo, el Consejo de Seguridad de la ONU analiza y toma las medidas pertinentes para establecer y mantener la paz y la seguridad internacionales, ya que su función principal es garantizar la libertad y la seguridad de sus países miembros por medios políticos y militares. En primer lugar, se tratan de arreglar los conflictos mediante la diplomacia y, en segundo lugar, se utiliza la fuerza militar en operaciones de gestión de crisis. Al respecto se menciona el atentado terrorista del 11-S, fecha en la que Estados Unidos invocó el artículo 5 de la OTAN por primera vez en su historia y se acordó un paquete de apoyo con base en el principio de solidaridad entre sus miembros.

La OTAN y las aportaciones de los países miembros

Actualmente, la OTAN pasa por momentos muy críticos, ya que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, comentó que los países europeos deben aportar por lo menos el 2% de su PIB en el gasto en defensa. Con datos de Statista, en 2019 el gasto en defensa de Estados Unidos fue de 3.42%. Los países que le siguieron, de acuerdo con el gasto, fueron Grecia (2.24%), el Reino Unido (2.13%), Estonia (2.13%), Rumanía (2.04%), Letonia (2.01%), Polonia (2.01%), Lituania (1.98%), Turquía (1.89%), Francia (1.84%), Croacia (1.75%), Eslovaquia (1.74%), Noruega (1.70%), Montenegro (1.65%), Bulgaria (1.61%), Portugal (1.41%), Alemania (1.36%), los Países Bajos (1.35%), Dinamarca (1.35%), Canadá (1.27%), Albania (1.26%), Italia (1.22%), Hungría (1.21%), República Checa (1.19%), Eslovenia (1.04%), Bélgica (0.93%), España (0.92%) y Luxemburgo (0.55%). El objetivo de la OTAN es que el gasto militar de los países miembros sea, para 2024, por lo menos del 2% de su PIB.

Recientemente, Trump solicitó al Pentágono que retirara de Alemania 9500 militares estadounidenses para trasladarlas a otros países de la OTAN. Hay que recordar que la presencia militar en Alemania se originó con la ocupación aliada después de la Segunda Guerra Mundial. Durante la Guerra Fría, los soldados fueron un mecanismo de disuasión ante la Unión Soviética por cuestiones políticas y de seguridad. Esta decisión de Trump da una señal a Rusia de debilitamiento de la seguridad tanto de la Unión Europea como de la OTAN, lo que va en detrimento de la seguridad internacional.

La solidaridad dentro la Unión Europea ha traído consigo problemas internos en cuestiones de migración y de asilo, ya que estas materias son de competencia nacional y no supranacional.

La defensa colectiva de la Unión Europea se encuentra establecida en el artículo 42.7 del Tratado de la Unión, el cual señala también que “si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros le deberán ayudar y asistir con todos los medios a su alcance, de conformidad con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas”. Esta defensa colectiva de la Unión Europea se basa, al igual que el artículo 5 de la OTAN, en la defensa colectiva con base en el artículo 51 de la Carta de la ONU. Por otra parte, la cláusula de solidaridad se encuentra prevista en el artículo 222 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y estipula que la Unión y sus Estados miembros deberán actuar de manera conjunta, con espíritu de solidaridad, en caso de que un Estado miembro sea objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. En este orden de ideas, la defensa colectiva de los miembros de la Unión Europea y la cláusula de solidaridad se une a la de los miembros de la OTAN. Cabe mencionar que el expresidente francés François Hollande invocó el artículo 42.7 luego del atentado terrorista de 2015 en Francia para instar a los países a la defensa colectiva de un país miembro de la Unión Europea.

La solidaridad dentro la Unión Europea ha traído consigo problemas internos en cuestiones de migración y de asilo, ya que estas materias son de competencia nacional y no supranacional. La crisis migratoria de 2015 puso al descubierto la debilidad de la política migratoria y de asilo en la Unión Europea. Al respecto, la libre circulación de personas dentro del espacio Schengen se vio afectada por controles fronterizos de varios países miembros de la Unión. Ahora con la pandemia, las fronteras internas y externas se han cerrado en diferentes periodos, lo que ha conducido de nuevo a una restricción en el libre tránsito de personas. Sin embargo, con el objeto de reactivar la economía, se han ido abriendo de manera escalonada y gradual las fronteras interiores y exteriores de la Unión Europea a países que cuenten con una situación sanitaria segura. El 30 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Recomendación 2020/144 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, en la que se menciona que la Unión reabre sus fronteras a doce países: Australia, Canadá, China, Corea del Sur, Georgia, Japón, Marruecos, Nueva Zelanda, Ruanda, Tailandia, Túnez y Uruguay (a reserva de confirmar reciprocidad). Así, mientras el tiempo siga transcurriendo, los criterios epidemiológicos, los intereses políticos y económicos, así como el principio de reciprocidad internacional volverán a jugar un papel importante en la esfera internacional.

La seguridad de la Unión Europea para el periodo 2020-2025

Para el periodo 2020-2025 en materia de seguridad, la Comisión de la Unión Europea presentó el 24 de julio de 2020 una estrategia que establece cuatro prioridades estratégicas: 1) un entorno de seguridad con garantías de futuro; 2) hacer frente a las amenazas cambiantes; 3) proteger a los europeos del terrorismo y la delincuencia organizada, y 4) un ecosistema de seguridad europeo robusto. Lo anterior, debido a que la cohesión social se ha visto debilitada con las amenazas híbridas y se ha socavado la confianza en las instituciones. Lo que se busca con estas estrategias es la prevención, la detención temprana, el análisis, la sensibilización y la resiliencia. Esto se llevará a cabo con la Comisión y el Alto Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad en estrecha cooperación con los socios estratégicos y, en particular, con la OTAN y el G-7. De igual manera se pretende reforzar el mandato de la Europol y cooperar con la Interpol para que haya una mejor vinculación entre las autoridades judiciales y policiales.

En suma, la creciente interconexión entre la seguridad interior y exterior hace que la lucha contra el terrorismo, la crisis migratoria y la pandemia sean la triada a vencer para seguir manteniendo la paz y la seguridad ,tanto en la Unión Europea como en el mundo, y para lograr este objetivo es indispensable la defensa colectiva de la OTAN.

ALICIA GUTIÉRREZ GONZÁLEZ es investigadora de la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México. Es doctora en Derecho Europeo, Internacional, Ambiental y Económico por la Georg-August-Universität, Gotinga, Alemania. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) nivel I y de la Red de Europeístas. Además, es autora de libros, artículos y voces de derecho europeo, derecho de integración y derecho ambiental internacional en español, inglés y alemán. Sígala en Twitter en @ALICEGTZGLEZ.

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