¿Nueva solidaridad internacional?

15 julio, 2020 • Artículos, Asuntos globales, FEG Anáhuac, Portada • Vistas: 2328

ONU-Loey Felipe

 Catherine Prati Rousselet

Julio 2020

Una colaboración de la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México

La lista de los grupos humanos vulnerados por la actual crisis sanitaria y sus corolarios se alarga al ritmo de los inexorables reportes estadísticos. Mientras los especialistas en minería de datos peroran alrededor de probables fechas de recuperación, las víctimas silenciosas están perdiendo las ínfimas partículas de esperanza que eventualmente puede secretar su ser.

Cese el fuego global

El 23 de marzo de 2020, en un dramático pronunciamiento, António Guterres instó a silenciar las armas, detener la artillería, poner fin a los ataques aéreos con el fin de facilitar la creación de corredores humanitarios para que pudiera llegar la ayuda necesaria a quienes son doblemente vulnerables. Su llamado fue respaldado pocos días después por el Sumo Pontífice de la Iglesia católica, el papa Francisco, pero en el Consejo de Seguridad tuvo eco 111 días después de que la Organización Mundial de la Salud declarara pandemia al covid-19. Después de varios meses de negociaciones, especialmente entre China y Estados Unidos, el 1 de julio de 2020, el Consejo de Seguridad aprobó a la unanimidad la Resolución S/RES/2532 (2020) que exige el cese general e inmediato de las hostilidades en todas las situaciones de las que se ocupa y apoya los esfuerzos realizados por el Secretario General y sus representantes y enviados especiales a ese respecto.

El texto de dos páginas, redactado por Francia y Túnez, surge bajo la presidencia del alemán Christoph Heusgen. Considera que es probable que el alcance sin precedente de la pandemia de covid-19 ponga en peligro el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales. Reconoce que las condiciones de violencia e inestabilidad que se dan en las situaciones de conflicto pueden exacerbar la pandemia, y que, a la inversa, la pandemia puede exacerbar las consecuencias humanitarias negativas de las situaciones de conflicto, por lo que exhorta a todas las partes en los conflictos armados a que realicen de inmediato una pausa humanitaria duradera, de al menos 90 días consecutivos, a fin de permitir la entrega sostenida de asistencia humanitaria en condiciones de seguridad y sin trabas, la prestación de los servicios conexos por agentes humanitarios imparciales, de conformidad con los principios humanitarios de humanidad, neutralidad imparcialidad e independencia, y las evacuaciones médicas, conforme al Derecho Internacional, incluido el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho de los Refugiados, según proceda.

El cese general e inmediato de las hostilidades y esta pausa humanitaria no se aplicarán a las operaciones militares dirigidas contra el Estado Islámico, Al Qaeda y el Frente Al Nusra, contra las demás personas, grupos, empresas y entidades asociadas a estos, y otros grupos terroristas designados por el Consejo de Seguridad.

Compartir responsabilidades

La Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), creada el 14 de diciembre de 1950 (Resolución 428 V de la Asamblea General) tiene por mandato dirigir y coordinar la acción internacional para la protección de los refugiados a nivel mundial. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, adoptada el 28 de julio de 1951 (entrada en vigor el 22 de abril de 1954), ratificada por 145 Estados miembros de las Naciones Unidas, establece los derechos de las personas refugiadas, así como las obligaciones de los Estados para su respeto y protección, esencialmente fundamentadas en el principio de la no devolución (non refoulement), norma consuetudinaria que dicta que una persona refugiada no debe ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Un año después la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y ante la proliferación de los conflictos armados internacionales e intrafronterizos, el deterioro de las condiciones políticas, económicas, sociales y de seguridad interior en múltiples rincones de la aldea global, el crecimiento exponencial de los desplazamientos masivos forzados y voluntarios, la Declaración de Nueva York del 19 de septiembre de 2016 (A/RES/71/1) marcó un transcendental parteaguas en la protección de los refugiados y de los migrantes: un preliminar indiscutiblemente relevante al Pacto Mundial sobre los Refugiados y al Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (conocido como Pacto de Marrakech).

Cada minuto, 20 personas abandonan sus hogares para huir de la guerra, la persecución o el terror.

Refiriéndose a los nuevos desafíos de la institución del asilo, la brecha entre las necesidades humanitarias y los recursos disponibles (80% de los refugiados buscan protección en los países vecinos que, en muchos casos, han llegado al límite de sus capacidades) y la creciente xenofobia, el undécimo Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (2016-2020), Filipo Grandi, señalaba: “La Declaración de Nueva York aborda lo que ha sido una brecha constante en el sistema internacional de protección de los refugiados: la de compartir realmente la responsabilidad por los refugiados, en el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas”.

Rebasando lo que se volvió un régimen de protección exiguo para grupos humanos cada vez más numerosos y proporcionalmente desprivilegiados, la Declaración se centra en lo debería universalizarse como “una nueva solidaridad internacional”. Hace un llamado a aquellos países que pueden asegurar el reasentamiento o la reunificación de muchos más refugiados, para que así lo hagan. También insta a aquellos que están en la parte más rica del mundo a reconocer su responsabilidad de proporcionar financiación humanitaria oportuna y confiable, y a invertir de forma robusta en las comunidades que acogen a un gran número de refugiados. Los países de acogida están llamados a aumentar las oportunidades para que los adultos refugiados puedan trabajar y para que los niños vayan a la escuela.

Doblemente vulnerables

A la actual pandemia no controlada de coronavirus, la ACNUR yuxtapone los desplazamientos en Centroamérica, la emergencia en Irak, Nigeria, Myanmar (rohinyás), República Democrática del Congo, Siria, Sudán del Sur, Yemen, la situación en Burundi, Europa, República Centroafricana y Venezuela. Todas situaciones de emergencia que exigen respuestas rápidas (inmediatas) y coordinadas de la red global de proveedores, agencias especializadas y socios humanitarios, dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas para brindar a los refugiados el acceso a las necesidades básicas (techo, alimentos, agua y atención médica).

Cada minuto, 20 personas abandonan sus hogares para huir de la guerra, la persecución o el terror. Son 80 millones de personas desplazadas (cifra sin precedente, 1% de la población mundial; 1 de cada 97 personas del planeta) que se encuentran en el centro de la declaración antes citada del Secretario General: 26 millones de refugiados (la mitad, menores de 18 años), 46 millones de desplazados internos (Afganistán, Colombia, República Democrática del Congo, Siria, Yemen), solicitantes de asilo, apátridas.

La pandemia está poniendo a prueba la resiliencia de las personas refugiadas y de sus comunidades de acogida.

A 7 décadas de su enunciado, la definición de “refugiado” queda inmutable, tanto en el Estatuto de la ACNUR como en la Convención de 1951, modificada por su Protocolo de 1967, entendiendo se trata de la persona que, por fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país.

En contraparte, el Pacto Mundial sobre los Refugiados, adoptado el 17 de diciembre de 2018 en la Resolución A/RES/737151 de la Asamblea General, plasma soluciones más allá de la fase de emergencia y ofrece un nuevo enfoque (hasta de largo término) donde los refugiados estén mejor incluidos (con acceso a educación, trabajo y prestaciones sociales), no vivan en campamentos y no dependan únicamente de la ayuda humanitaria sino estén comprendidos en los programas de desarrollo de los países de acogida. Busca aliviar la presión sobre los países que acogen refugiados, desarrollar la autosuficiencia de los refugiados, ampliar el acceso al reasentamiento en terceros países y otras vías complementarias, y fomentar condiciones que permitan a los refugiados regresar voluntariamente a sus países de origen.

A pesar de todo

Si 47 países, entre ellos México, por medio del Marco de Respuesta Integral para los Refugiados, se han comprometido a realizar cambios concretos (políticos y normativos) en materia de protección a los refugiados, la nota conceptual del Diálogo del Alto Comisionado de 2020 (que permite realizar el balance anual de las acciones y proponer mejoras), refleja la preocupación sobre los desafíos de la protección durante la pandemia, sobre todo en relación a los compromisos para el aumento de la ayuda humanitaria, así como de la ayuda para el desarrollo (85% de los países de acogida son países en desarrollo con sus específicas y dolorosas deficiencias estructurales).

La pandemia está poniendo a prueba la resiliencia de las personas refugiadas y de sus comunidades de acogida. El acceso a los servicios de salud y la educación se encuentran limitados. Muchas personas están perdiendo sus medios de vida, lo que hace que algunas personas desplazadas por la fuerza que fueron autosuficientes se vuelvan dependientes de la ayuda, experimentando una vulnerabilidad exponencial, escapando al círculo virtuoso de la solidaridad internacional y con el riesgo de perder absolutamente todo, hasta la esperanza.

CATHERINE PRATI ROUSSELET es Coordinadora de Posgrado y Educación Continua en la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México. Es maestra en Derecho por la Facultad de Amiens es, titular del DEA en Derecho de la Sociedad Internacional por la Universidad Paris 2 y doctoranda en Administración Pública por la Universidad Anáhuac México. Sígala en Twitter en @CathPrati.

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