México y el Derecho Internacional para el siglo XXI

7 noviembre, 2022 • Artículos, Asuntos globales, FEG Anáhuac, Latinoamérica, Portada • Vistas: 1993

Razón Pública

logo fal N eneCatherine Prati Rousselet y Jorge Cicero Fernández

Noviembre 2022

Una colaboración de la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México

Para conmemorar la recomendación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) de 1966, relativa a la situación del personal docente (completada en 1997 por la recomendación relativa a la condición del personal docente de la enseñanza superior), desde 1994 se instituyó el 5 de octubre como el Día Mundial de los Docentes.

En 2022, inspirados por la Cumbre sobre la Transformación de la Educación, convocada por la Unesco, la Directora General del organismo, Audrey Azoulay, el Director General de la OIT, Gilbert H. Houngbo, la Directora Ejecutiva del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Catherine Russell, y el Secretario General de la Internacional de la Educación, David Edwards, publicaron el siguiente mensaje conjunto:

Hoy, en el Día Mundial de los Docentes, celebramos el papel fundamental de los maestros en la transformación del potencial de los alumnos al garantizar que tengan las herramientas que necesitan para asumir la responsabilidad de sí mismos, de los demás y del planeta. Hacemos un llamado a los países para que se aseguren de que se confíe en los docentes y se les reconozca como productores de conocimiento, profesionales reflexivos y socios políticos.

En cuanto a los estudios de las Relaciones Internacionales, en “tiempos inciertos en el sistema internacional” (Miguel Ruíz Cabañas, AMEI, 2022), afirmar que “la transformación de la educación comienza con los docentes” (Unesco), abre un invaluable espacio para reflexionar y generar estrategias para impostergables cambios, sobre todo cuando la Generación Z (nacidos entre 1997 y 2015, muy comprometidos con el cambio y las grandes causas contemporáneas) llega (o regresa) a las aulas (virtuales o no). De ahí la importancia de analizar la necesidad de la construcción y la adopción de un nuevo orden jurídico internacional efectivo, así como conocer de cerca algunas de las invaluables aportaciones de los internacionalistas mexicanos en un proyecto de ambición universal.

Construcción (y adopción) de un nuevo orden jurídico internacional efectivo

Hoy, más que nunca, suenan pertinentes las palabras de Hermilo López-Bassols (1943-2021) acerca de la enseñanza del Derecho Internacional: “Es necesario actualizarse porque surgen figuras novedosas de las que se elaboran normas. Una forma pragmática para hacer el conocimiento en el escenario contemporáneo útil al estudiante es examinar casos y sentencias de los tribunales internacionales y derivar los elementos de Derecho que deben considerarse”. Planteamiento que, inclusive, se materializa en la nueva versión del Examen General para el Egreso de la Licenciatura, promovido por el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, aplicable a los internacionalistas egresados de las universidades privadas en México.

En efecto, la coyuntura brinda una excepcional (tal vez, irrepetible) oportunidad para abandonar el sempiterno (y ocioso) debate sobre la endémica vulnerabilidad en la aplicabilidad de la normatividad internacional (una y otra vez evidenciada por el diario acontecer) y, a partir de una resignificada definición del Derecho Internacional, redimensionar los paradigmas tradicionales hacia la elaboración de un “nuevo” orden jurídico internacional que responda “efectivamente” a las necesidades contemporáneas.

En pocas palabras, ocupar el lugar que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible le ha otorgado a la academia como agente de cambio para el futuro (presente) que todos queremos. Sin duda, la lista de las asignaturas pendientes en materia jurídica es larga e inagotable.

En relación con los sujetos, resulta relevante omitir la diferenciación entre lo “típico” y lo “atípico”, y es indispensable revisar el régimen de los nuevos actores, los actores internacionales violentos y los nuevos combatientes, a la luz de los conceptos de legitimidad, legalidad, soberanía, libre determinación y modus operandi.

Ocupar el lugar que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible le ha otorgado a la academia como agente de cambio para el futuro (presente) que todos queremos.

Situaciones como la agresión rusa a Ucrania, las emergencias medioambientales (cambio climático, pérdida de biodiversidad, contaminación), humanitarias (rohinyás de Myanmar, caravanas de migrantes, desplazados y refugiados que huyen de la extrema pobreza, de la guerra y de los conflictos no internacionales), sanitarias (pandemias e investigaciones científicas, como corolario), alimentarias (hambrunas, expropiación de tierras, alimentos genéticamente modificados), energéticas (consumo y producción erráticos, bienes globales comunes) obligan nuevamente a dar cuenta de las fronteras del artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), heredado de su antecesora, la Corte Permanente de Justicia Internacional, y pugnar por la definición científica de “otras fuentes” (actos unilaterales de los Estados, ciertas resoluciones de los organismos intergubernamentales).

Aunque es imposible establecer aquí una lista exhaustiva de los temas pendientes, es menester señalar otros tópicos igualmente prioritarios para los que, en otros escenarios, fue diseñado el artículo 13 de la Carta de San Francisco, que mandata a la Asamblea General para “impulsar el desarrollo progresivo del Derecho Internacional y su codificación”. Entre otros, se encuentra la definición de terrorismo y de seguridad humana; la codificación de la responsabilidad internacional por actos ilícitos y de la responsabilidad para proteger; la regulación de la utilización del ciberespacio y de artefactos de alta tecnología (drones), así como la apropiación del espacio ultraterrestre.

Progresivamente, se observa la aceptación no solamente del carácter imperativo (ius cogens), sino también prexistente (erga omnes) de ciertas normas, lo que representa una esperanza para la regulación de los comportamientos en el ámbito internacional y constituye una firme base para nuevas reglas (régimen jurídico de los nacionales nacidos en el exterior).

Aportaciones de los internacionalistas mexicanos

De la participación mexicana en foros de Derecho Internacional, se constata la escuela de México en este campo, a la altura de los retos del siglo XXI y cuyo legado no podría sino inspirar a las generaciones presentes y futuras y al nuevo orden.

El premio Nobel de la Paz 1982, Alfonso García Robles, con el Tratado de Tlatelolco (1967), no solo logró desnuclearizar Latinoamérica, sino inspiró su réplica por los tratados de Rarotonga (1985), Bangkok (1995), Pelindaba (1996) y Semipalantisk (2006), respectivamente en el Pacífico Sur, Asia Sudoriental, África y Asia Central.

En la CIJ, dejaron un sello jurisprudencial indeleble (cfr. Óscar Macías, El Colmex, s/f), entre otros, Isidro Fabela (1946-1952), en el caso Canal de Corfú, “medular para el desarrollo del régimen de responsabilidad internacional”; Roberto Córdova (1955-1964), en Nottebohm, incluyendo la nacionalidad “real y efectiva” en materia de conflictos de doble o múltiple nacionalidad; Luis Padilla (1964-1973), en el caso Plataforma continental del Mar del Norte, con “detallado análisis sobre el derecho consuetudinario y su relación con otras fuentes”; Jorge Castañeda y Álvarez de la Rosa (1984), pionero respecto del valor jurídico de las resoluciones internacionales, como juez ad hoc en Plataforma continental (Libia vs. Malta), y Bernardo Sepúlveda (2006-2015), coartífice del Grupo Contadora y de la proclamación constitucional de los principios de política exterior, como juez ad hoc en Avena y otros nacionales mexicanos, replicado por la India con Pakistán en el caso Jadhav; juez y Vicepresidente del tribunal (2012-2015).

Por otra parte, la elección de Socorro Flores, experta en el Estatuto de Roma, a la Corte Penal Internacional (2021-2030), y la candidatura a la CIJ (2024-2033), de Juan Manuel Gómez-Robledo (agente en Avena, miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a la vanguardia en la aplicación provisional de tratados), no hacen sino reafirmar el compromiso de México con el orden internacional.

Tenemos también, entre otros, a Alonso Gómez-Robledo, en el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (término: 2023); Pablo Arrocha, Vicepresidente de la VI Comisión (Jurídica), durante la 74 Asamblea General de la ONU (2019); Claude Heller, en el Comité contra la Tortura (término: 2023), y Leticia Bonifaz, en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (2021-2024).

A nivel regional, César Sepúlveda, Héctor Fix-Zamudio y Sergio García Ramírez fueron miembros y presidieron la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el primero (1980-1986), y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los últimos (1986-1997, 1998-2008). Sepúlveda articuló el procedimiento de “solución amistosa”; Fix-Zamudio fue clave en la consolidación de la Corte (César Gaviria, CoIDH-UE, 1998), y García Ramírez emitió pioneros votos en materia de “control de convencionalidad” (CoIDH, Cuadernillo núm. 7).

Más adelante, fungieron, como Comisionado, José de Jesús Orozco (2010-2017); como Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), Emilio Álvarez (2012-2016), y como Juez Interamericano, Eduardo Ferrer (2013 a la fecha, quien igualmente presidió la Corte). Subsiguientemente, Joel Hernández es electo a la CIDH (2018-2025), la que también presidió. Durante su mandato, adopta la Resolución 1/2020 “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”. Dicha participación regional fue crucial para la histórica Reforma constitucional de derechos humanos de 2011.

En el Comité Jurídico Interamericano figuran, además de Sergio González Gálvez, Antonio Gómez Robledo (1943-1946), autor de “El ius cogens internacional”; José Luis Siqueiros (1990-1998), con destacada labor sobre límites de la jurisdicción extraterritorial (caso Álvarez Machain, Ley Helms-Burton), y Mariana Salazar (2019-2022), relatora para “El Derecho Internacional aplicable al ciberespacio”. Alejandro Alday, recién fue electo (2023-2026). Lo anterior, es insoslayable compartirlo con los futuros abogados, diplomáticos e internacionalistas, de cara al orden internacional para el siglo XXI.

CATHERINE PRATI ROUSSELET es licenciada y maestra en Derecho por la Université d’Amiens. Es diplomada en estudios avanzados (DEA) en Derecho de la Sociedad Internacional por la Université Paris 1 Panthéon-Sorbonne, y candidata a doctora en Administración Pública por la Universidad Anáhuac México. Es Coordinadora de Posgrado en la Facultad de Estudios Globales en la Universidad Anáhuac México. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Internacional para el siglo XXI. Sígala en Twitter en @CathPrati. JORGE CICERO FERNÁNDEZ es diplomático, licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), maestro en Derecho por la University of Houston y doctor en Ciencia Jurídica y en Derecho Comparado e Internacional por The George Washington University. Es profesor de Derecho Internacional para los Asuntos Globales en la maestría en Asuntos Internacionales de la Facultad de Estudios Globales de la Universidad Anáhuac México. Es autor de diversas publicaciones en la materia.

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