Nochixtlán, la mano represora del Estado

22 agosto, 2016 • Artículos, Latinoamérica, Portada • Vistas: 5570

ADOLFO VLADIMIR / CUARTOSCURO.COM

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A la luz de los estándares internacionales de derechos humanos 

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Agosto 2016

El 19 de junio de 2016, al menos ocho personas murieron y varias docenas resultaron heridas tras los enfrentamientos entre las fuerzas de seguridad federales y estatales, y maestros disidentes de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación (CNTE) en el municipio de Nochixtlán en Oaxaca, México. Este trágico suceso se suma a la larga lista de casos como los de Apatzingán, Tanhuato, Tlatlaya y muchos más, en los que los cuerpos de seguridad han empleado un uso desmedido de la fuerza, resultando en ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias y violaciones a los derechos a la vida, la integridad y la seguridad de cientos de personas en México. En este sentido, lo ocurrido en Nochixtlán pone en evidencia, una vez más, la urgencia de discutir el tema del uso legítimo de la fuerza y de diseñar herramientas jurídicas para su regulación.

Diversos organismos internacionales de derechos humanos, tanto del sistema universal como del sistema interamericano, han expresado su preocupación por esta situación. Además, dichos organismos han reiterado al gobierno mexicano la inminente necesidad de establecer una ley de aplicación general sobre el uso legítimo de la fuerza, así como de asegurar que los casos de violaciones al derecho a la vida sean investigados de manera pronta e imparcial para lograr la verdad, la justicia y la reparación para las víctimas.

El Relator Especial de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, Christof Heyns, señaló en un informe de 2014 tras su misión en México y en su informe de seguimiento de dicha misión en 2016, que «el derecho a la vida está gravemente amenazado en México y este problema debería tener la máxima prioridad a nivel nacional». En ambos informes, el citado relator hace una serie de recomendaciones al gobierno de México para atender la situación. Entre estas destacan «la necesidad de establecer normas claras y ampliamente difundidas sobre el uso de la fuerza por las agentes de las fuerzas del orden en todos los niveles de gobierno», además de la necesidad de fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y la lucha contra la impunidad frente a violaciones contra el derecho a la vida cometidas por parte de las fuerzas de seguridad.

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su Informe sobre la situación de Derechos Humanos en México, publicado en marzo de 2016, documentó la alta incidencia de muertes de civiles en enfrentamientos contra las fuerzas de seguridad. También advirtió sobre la incapacidad del sistema de justicia en México para definir si hubo ejecuciones extrajudiciales o un uso desmedido de la fuerza en dichos enfrentamientos, y para sancionar a los responsables y reparar a las víctimas. La CIDH coincide con las recomendaciones de los órganos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre la necesidad de establecer una ley general para el uso legítimo de la fuerza, de garantizar el esclarecimiento de los hechos violentos y de definir responsabilidades penales cuando sea procedente.

AP

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Más allá de las recomendaciones de estos órganos, existen jurisprudencia internacional e instrumentos de soft law en la materia -incluyendo los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley- que pueden servir como guía en un proceso de discusión sobre dicha regulación. Diversos tribunales de derechos humanos -incluyendo el europeo y el interamericano- se han pronunciado sobre esta cuestión, estableciendo que en los casos en los que resulte imperativo el uso de la fuerza, esta debe realizarse en armonía con los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad. Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en el caso Nadege Dorzema y otros vs República Dominicana que existe una «obligación general del Estado de iniciar ex oficio una investigación seria, independiente e imparcial en casos de uso de la fuerza letal».

De manera similar, los Principios Básicos de la ONU establecen que los Estados siempre deberán privilegiar los medios no violentos, utilizando la fuerza solo cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el resultado previsto. En torno a la cuestión de la fuerza letal, los Principios establecen que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley «solo podrán hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida». Por último, tanto la jurisprudencia internacional como los Principios destacan la necesidad de que los Estados reglamenten el uso de la fuerza y establezcan mecanismos de rendición de cuentas cuando ocurran violaciones al derecho a la vida por parte de las fuerzas de seguridad.

Considerando lo anterior, el caso de Nochixtlán deja claro que más allá de la legitimidad de las demandas del movimiento magisterial, cuestión altamente controvertida, existe un problema serio en torno al uso legítimo de la fuerza por parte de las autoridades mexicanas. Lo ocurrido en este municipio oaxaqueño se suma a una larga lista de casos en los que población civil ha perdido la vida frente a las fuerzas de seguridad de México. Para evitar la repetición de casos como Nochixtlán en un contexto de alta conflictividad y violencia como el que se vislumbra en los próximos años, será necesario que el gobierno mexicano acepte el enorme desafío al que se enfrenta, atendiendo las recomendaciones de los organismos internacionales y adoptando los más altos estándares internacionales en la materia.

CHRISTIANE COSTE es maestra en Derechos Humanos por Columbia University y es licenciada en Relaciones Internacionales por el ITAM. Actualmente se desempeña como Program Officer de Freedom House México, trabajando en temas derechos humanos y libertad de expresión; además imparte cursos sobre estos temas en el ITAM y en la Universidad Anáhuac. Sígala en Twitter en @ChrisCoste.

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