En la era digital, ¿tiene sentido la restitución de bienes culturales?

14 octubre, 2021 • Artículos, Asuntos globales, Portada • Vistas: 1280

Chicago Tribune

Fernanda Barrera López

Octubre 2021

Los países mercado, definidos por John Merryman como aquellos cuya oferta de bienes culturales es pequeña en comparación con su demanda ⸺principalmente Francia y el Reino Unido⸺, se han dado a la tarea de saquear y hacerse de los bienes culturales de otros países. Desde entonces, más que apreciarse por su valor histórico y simbólico-cultural, dichos objetos han pasado a convertirse en un importante símbolo de poder y, en ocasiones, en una herramienta política bastante efectiva. Basta con echar un vistazo al Museo Británico, al Museo del Louvre y a la colección personal de algunos personajes, como François Pinault, para percatarse de la magnitud del asunto. Siglos después del saqueo y tras la creación de mecanismos para regular el tráfico de los bienes culturales tangibles, como la Convención de 1954, la Convención de 1970 y la Convención del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (Unidroit) de 1995, ¿por qué estos bienes siguen ahí y no en su lugar de origen?

Idealmente, los países que fueron objeto del saqueo brutal de los Estados imperialistas, es decir los países fuente según la lógica de Merryman ⸺aquellos cuya oferta interna (sic) de bienes culturales es basta y rica, por lo que su oferta excede a su demanda⸺ deberían tener derecho sobre sus bienes culturales y, por lo tanto, la restitución de los mismos les debería ser concedida. No solo por el mero hecho de poseerlos ⸺nótese el origen de las palabras “tener en su poder”⸺, sino porque esos bienes culturales tangibles son parte fundamental de su identidad. El reencuentro entre el bien y su cultura, más allá de una idea romántica, sería entonces un hecho de justicia.

Sin embargo, en esta era digital donde cualquier bien cultural puede ponerse a disposición de los pueblos originarios con un simple clic, donde el acercamiento del bien al pueblo puede hacerse a distancia: ¿tiene sentido la restitución de bienes culturales a su lugar de origen? ¿Se sostiene la noción romántica del esperado retorno? La respuesta a esta pregunta varía de acuerdo con lo que se quiera llegar con la restitución.

Entre los medios diplomáticos y los mediáticos

Si lo que se busca es que el acto de restitución alimente un discurso nacionalista, entonces el país de origen solicitará, por medios diplomáticos ⸺apoyado de los mediáticos⸺, la restitución de un bien cultural que resulte o se construya como un bien sumamente simbólico. Recientemente, el gobierno mexicano se ha pronunciado en favor del retorno de ciertos bienes culturales que le resultan importantes.

Los más mediáticos han sido los Códices Florentino y Cospi, además del controversial Penacho de Moctezuma. En los tres casos no hay sustento legal internacional para restituirlos, sin embargo, el anhelo público existe. Es decir, a pesar de que las partes involucradas saben que no habrá restitución y que el préstamo de las piezas queda a merced del país fuente en cuestión, por lo pronto la controversia funciona como un desvió de atención de asuntos más graves, funge como un respiro político y alimenta al nacionalismo construido a partir de la identidad cultural.

Si la intención de recuperar los bienes culturales fuera legítima, se buscaría que México ratificara la Convención de Unidroit de 1995, por ejemplo, ya que es el mecanismo más sofisticado para la restitución de bienes. Es decir que, en este caso, los bienes culturales en cuestión y su relación con los mexicanos y con su contexto no importan. El intercambio de estos se construye como un acto ⸺en el sentido teatral de la palabra⸺ meramente político, aunque discursivamente efectivo.

¿Quién da más?

Hace algunos meses, la casa de subasta francesa Christie’s programó la subasta de varios artículos prehispánicos, entre ellos algunas piezas de origen mexicano. Esta subasta provocó una inmediata indignación por parte de las autoridades y del pueblo mexicano. Aquí la molestia y el reclamo resultan más genuinos que el del Penacho de Moctezuma y los Códices mencionados. Aun existiendo instrumentos internacionales, como las Convenciones de 1954 y de 1970 y Unidroit de 1995, los bienes culturales de los países colonizados pueden ser subastados al mejor postor, como si se tratara de propiedad privada y no de bienes culturales.

El hecho de que ciertos particulares puedan tener en sus salas y oficinas objetos que, en realidad, pertenecen a pueblos enteros, es parte de un enorme juego de poder, en el que el poseedor se coloca en una posición de dominio y el país fuente, desvalido, carece de mecanismos reales para reclamar lo que le corresponde. Si lo que se busca es reintegrar el bien cultural a su contexto como una genuina muestra de respeto y de honor a la cultura, entonces la restitución del bien cultural no solo tiene sentido, sino que es imperiosa; es un tema de justicia.

Un juego de simulaciones

En el juego político de las relaciones internacionales, los bienes culturales se utilizan como moneda de cambio, o bien, como muestras de respeto o de poder. Las restituciones suelen ser motivadas por intereses políticos o económicos, y no por la cultura en sí misma. Con esto en mente, regreso a mi pregunta inicial: si lo que se pretende con la restitución es acercar al pueblo con su cultura mediante el objeto, ¿funciona la digitalización de bienes? ¿Sustituye la fotografía y el recorrido virtual al bien físico? ¿Es lo mismo? Reflexiono que no.

Mediante la creación de un repositorio digital universal se crea un juego de simulaciones, a la par del político, que va en varios sentidos. Primero, se simula la inmediación al objeto. Si bien, al acceder al archivo electrónico se accede al bien cultural, el encuentro ocurre meramente a nivel simbólico. Es decir, que el acercamiento ocurre con la imagen y no con el bien en sí mismo. Como apunta Walter Benjamin en La obra de arte en la época de su reproducción mecánica (1935): “Todo lo propio de la autenticidad no puede ser reproducido, ya sea tecnológicamente o de otro modo”. La materialidad, cualidad esencial del bien cultural tangible, desaparece para el pueblo de origen y prevalece para el ilegítimo poseedor.

Segundo, siguiendo la lógica de Merryman, hay una dicotomía entre la concepción de los bienes culturales: nacionalista e internacionalista. Por un lado, la nacionalista defiende que los bienes culturales son parte de la herencia cultural de un país y que, por lo tanto, tiene derechos de protección, importación y exportación sobre sus bienes. Por el otro, la internacionalista, se refiere a que, más que propiedad de un país, los bienes pertenecen a la humanidad en su conjunto y que son parte de una cultura común. En este caso, resulta evidente que la digitalización del patrimonio cultural se inclina hacia la visión internacionalista de Merryman y genera una simulación importante: la universalización de los bienes culturales mediante el acceso virtual a la cultura. Si bien, los repositorios digitales son sumamente útiles para el registro y la conservación (digital) del patrimonio, esta universalización del patrimonio, justifica la retención de bienes culturales y privilegia, de nuevo, a los intereses de coleccionistas privados y de países mercado, nunca a los países fuente y a la cultura.

En el juego político de las relaciones internacionales, los bienes culturales se utilizan como moneda de cambio, o bien, como muestras de respeto o de poder.

Por último, e independientemente de la digitalización o no de bienes culturales, los procesos de restitución son una simulación de justicia en el que, a pesar de que existe un marco legal de carácter internacional para regular el tráfico ilícito de bienes culturales, en términos reales, rara vez funciona. En esta, pareciera que se privilegia la restitución de bienes culturales, cuando en realidad lo que se protege son los intereses de los países mercado y de algunos particulares. Incluso, la terminología utilizada por la Academia ⸺importadores vs. exportadores, fuente vs. mercado, nacionalistas vs. internacionalista⸺ minimiza, e incluso justifica, la apropiación de bienes culturales con argumentos económicos y comerciales.

La Convención de 1970, por ejemplo, únicamente considera ilegales las exportaciones ilícitas posteriores a la ratificación de la misma y, además, no contempla a los coleccionistas privados como sujetos de derecho. Por su parte, la Convención de Unidroit de 1995, instrumento que protege los bienes que salieron antes de 1970 de sus países de origen, no ha sido ratificada por los grandes imperialistas, Francia y el Reino Unido. Los procesos de restitución, en su mayoría resueltos por mediaciones o negociaciones, dependen entonces de voluntad y no de justicia.

Se trata de cultura

Finalmente, concluyo que la digitalización de bienes culturales no contempla ni resuelve el complejísimo bagaje moral, legal y nacionalista con el que cargan los procesos de restitución, sino todo lo contrario, lo ignora. Aunque digitalizar la cultura, la universaliza y la pone al alcance de su pueblo originario (y de otros pueblos también), la presencia, el bien cultural en físico importa. Por un lado, porque regresar al objeto su contexto original, le devuelve significado y valor al bien en sí mismo y aporta a la construcción de la identidad cultural. Pero, por el otro, restituir es ruptura, es terminar o, por lo menos, protestar a un juego de poder y de simulación, en el que los países mercado y algunos particulares, saquean y lucran con dichos objetos. Es detener el intercambio comercial de bienes que no son comerciables, cuyo valor no se determina por la intersección entre la oferta y la demanda, sino que va más allá. Se trata de historia, simbología, sentimiento, se trata de cultura.

FERNANDA BARRERA LÓPEZ es licenciada en Relaciones Internacionales por el ITAM. Su carrera profesional se enfoca en las relaciones culturales internacionales, así como en temas relacionados con la diplomacia pública y cultural. Actualmente es Coordinadora de Programas en la Comisión México-Estados Unidos para el Intercambio Educativo y Cultural (Comexus).

Tags:, , ,

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Cargando…